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040 _avLex
090 _c13806
_d13806
100 1 _aMartínez de Morentin Llamas, M.ª Lourdes
245 1 0 _aEstudios de derecho administrativo romano
_h[Recurso electrónico] /
_cM.ª Lourdes Martínez de Morentin Llamas
256 _aServicio en línea
260 _aMadrid:
_bDykinson,
_c2022
300 _a1 recurso electrónico
500 _aEl presente trabajo reúne diversos estudios publicados por la autora, sobre Derecho Administrativo Romano, convenientemente modificados y actualizados, relacionados con el agua y el territorio. Los tres primeros capítulos tratan de manera general el tema de la experiencia administrativa romana en el ámbito de las obras públicas (Cap. I), para detenerse en una obra concreta, el acueducto (Cap. II) y algunos textos sobre el agua para regadío, pertenecientes a la ompilación justinianea (Cap. III). El Cap. IV se refiere a la administración romana en las provincias del Imperio, profundizando en el estudio de las leyes municipales de Hispania y los apartados relativos a la construcción de obras hidráulicas. Aunque tradicionalmente han sido estudiadas desde el punto de vista histórico, filológico y aun jurídico, revisten, todavía hoy, gran interés para el estudio de las instituciones de derecho público. Ello ha llevado a la autora al encuentro inevitable con la Epigrafía jurídica latina y la Arqueología, cuyo estudio ha dado lugar a diversas reflexiones y aportado luces a sus investigaciones, por lo que se han incorporado dos capítulos (V-VI) relacionados con la administración de los municipios flavios. Han ido apareciendo en los últimos años diversos documentos epigráficos relacionados con el territorio y el agua. En concreto, en el valle del Ebro, la lex rivi Hiberiensis, y, con anterioridad, la conocida como tabula Contrebiensis, muestran la existencia de comunidades preocupadas por la distribución adecuada del preciado recurso, además de otras cuestiones. Es posible suponer que la construcción de canales de riego agrícola en la depresión fluvial de Caesaraugusta, quizá dentro de un sistema hidráulico complejo, fuera realizada con ocasión de la organización del territorio, llevada a cabo por Augusto, en unidades naturales perennes llamadas pagi sobre las que nos detendremos en este trabajo y sobre las cuales la epigrafía jurídica hispana nos da algunos ejemplos (Caps. VII-X). Por otra parte, y aunque se trate de un tema de derecho procesal romano, resulta conveniente la inserción de un apartado sobre la protección de los derechos de los pagani a continuación del estudio sobre la lex rivi Hiberiensis (Cap. XI)
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